Micelio
Auto18 de abril de 2018

A- de 2018

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Wilfredo Florez Gutierrez·Demandado Juzgado Segundo De Ejecucion De Penas Y Medidas De Girardot

Tema · dato duro
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
Jurisdiccion Constitucional
  • No corresponde a quienes la ejercen determinar a priori contra quienes se dirige la acción de tutela
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Superior de Cundinamarca, Sala Penal y el Tribunal Superior para la Paz, Sección de Revisión.

En este caso el Tribunal Superior aplicó el artículo transitorio 8 del Acto Legislativo 01 de 2017 para declararse incompetente y no pronunciarse de fondo, al considerar que el contenido de la pretensión era de competencia de la otra Corporación, por la especificidad de la materia.

Considera la Corte que dicha autoridad puso trabas a la efectiva protección ius fundamental y al acceso a la administración de justicia del solicitante.

Precisa además, que debió haber decidido de fondo desde el momento en que, por reparto, llegó a su Despacho la solicitud de amparo, sin desprenderse del conocimiento por la existencia de otro juez constitucionalmente competente.

Se dirime la controversia con la remisión del expediente a la Sala Penal del Tribunal Superior de Cundinamarca para que de manera inmediata tramite y decida de fondo respecto del amparo solicitado.

Se hace una advertencia a este despacho para que en lo sucesivo se abstenga de hacer valoraciones previas sobre el fondo de la pretensión en la etapa de admisibilidad de la acción de tutela.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del
  2. primero. de marzo de 2018 proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cundinamarca, mediante la cual se declaro sin competencia para definir de fondo la accion de tutela formulada por el ciudadano Wilfredo Florez Gutierrez, en contra del Juzgado
  3. Segundo. de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Girardot.
  4. Segundo. REMITIR el expediente ICC-3266 a la Sala Penal del Tribunal Superior de Cundinamarca que contiene la accion de tutela presentada por Wilfredo Florez Gutierrez, para que, de manera inmediata, tramite y decida de fondo respecto del amparo solicitado. .
  5. Tercero. ADVERTIR al Tribunal Superior de Cundinamarca -Sala Penal- para que, en lo sucesivo, se abstenga de hacer valoraciones previas sobre el fondo de la pretension en la etapa de admisibilidad de la accion de tutela.
  6. Cuarto. Por Secretaria General, COMUNICAR al Tribunal para la Paz -Seccion de Revision- la decision adoptada en esta providencia, asi como a la parte accionante del tramite de tutela.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.